miércoles, 15 de enero de 2014

SITOPE: MATADORES DE TOROS PERDERÁN CATEGORÍA SI TOREAN SIN PICADORES


El Sindicato de Toreros del Perú (SITOPE) se dirige a la opinión pública en dos sendos comunicados que resumen lo siguiente:

- A sus afiliados nacionales y extranjeros les recomienda a los que aún no han cancelado las cuotas de amortizaciones mensuales, derechos de actuación y el Seguro de Riesgo que se pueden comunicar y coordinar con el Secretario de Economía de la institución y se pongan al corriente con sus obligaciones correspondientes al año 2,013. 

- A los matadores de toros se les recuerda del compromiso verbal que tomaron de cancelar sus deudas del año próximo pasado en no tener cuenta pendiente alguna y de no cumplir con lo manifestado no tendrán cuadrillas.

- También se les recuerda a los Matadores de toros, Novillero, Picadores de toros, Reservas, Banderillero de toros y de novilladas y Puntilleros que en sus Contratos de servicios profesionales tendrán que incluir una Cláusula con carácter obligatorio para los Organizadores de festejos taurinos en que deberán tener un servicio médico de emergencia y una ambulancia.

- En sus Estatutos: Capitulo I y II declara que agrupa en un solo organismo a todos los toreros del Perú con los fines de representación y la defensa consecuente con sus derechos que como artista le asiste.

- En consecuencia, todos y cada uno de sus afiliados en la categoría de matadores de toros nacionales y extranjeros para ser reconocidos como tal, en todas sus actuaciones que celebren en plazas de toros peruanas obligatoriamente deben de actuar con picadores de toros, no podrán torear sin caballos y que al hacerlo perderán automáticamente la categoría de tal y tendrán que anunciarse como novilleros, el SITOPE adoptará las oportunas medidas sancionadores por el incumplimiento de esta falta comunicando a todas las instituciones taurinas del Perú y países del mundo taurino.

- Asimismo a los subalternos: picadores de toros, de reserva, banderilleros de toros, de novilladas y puntilleros afiliados se les recuerda que los contratos de servicios profesionales tienen que ser registrados en nuestra institución para así garantizar sus derechos contractuales y/o en accidentes en el ejercicio de la profesión, caso contrario el SITOPE no se hará o del incumplimiento por parte de los subalternos en las categorías que líneas arriba mencionamos.

Estas recomendaciones obligatorias entran en vigencia a partir del día catorce de enero del presente año.

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